17 jun 2017

Los sacerdotes homosexuales deben ser privados de su dignidad clerical y ser muertos.

Los sacerdotes homosexuales deben ser privados de su dignidad clerical y ser muertos.


En el Renacimiento, el vicio de la homosexualidad volvió a ser destacado. Este era un asunto de gran preocupación para el Papa San Pío V. Por esta razón, escribió varios documentos importantes en su contra a partir del primer año de su pontificado. La más importante es la Constitución Horrendum illud scelus, cuyo principal texto se reproduce abajo.

En nuestros días de relajación moral y la liberalización de las costumbres, estamos asistiendo a una vergonzosa complacencia de la autoridad religiosa - incluso la más alta - hacia el vicio de la homosexualidad en el clero y seminarios. 
Consideramos que es muy oportuno traer a la mente los principios eternos e inmutables expresados ​​por San Pío V en su Constitución Apostólica. Tal vez ellos abran un poco los ojos para ver las profundidades del abismo en que hemos caído.
 
 Constitución Horrendum illud scelus de san Pío P.P. V, del 30 de agosto de 1568.


Ese horrible crimen, en cuenta del cual ciudades corruptas y obscenas fueron destruidas por el fuego a través de la condenación divina, nos causa el dolor más amargo e impacta nuestra mente, impulsándonos a reprimir ese crimen con el mayor celo posible. 

Muy oportunamente el V Concilio de Letrán (1512-1517) emitió este decreto: "Cualquier miembro del clero capturado en ese vicio contra la naturaleza, dado que la ira de Dios cae sobre los hijos de perfidia, sea removido del orden clerical o forzado hacer penitencia en un monasterio "(cap. 4, X, V, 31). 

Para que el contagio de tan grave ofensa, no pueda avanzar con mayor audacia, aprovechándose de la impunidad, que es la mayor incitación al pecado, y con el fin de castigar más severamente a los clérigos culpables de este nefario crimen (nefario: sumamente malvado, impío e indigno del trato humano, N. del T.) y que no están asustados por la muerte de sus almas, Nos determinamos que deben ser entregados a la severidad de la autoridad secular, que impone por la fuerza la ley civil. 





Por lo tanto, el deseo de seguir con mayor rigor que hemos ejercido desde el comienzo de nuestro pontificado, se establece que cualquier sacerdote o miembro del clero, tanto secular como regular, que cometa un crimen tan execrable, por la fuerza de la presente ley sea privado de todo privilegio clerical, de todo puesto, dignidad y beneficio eclesiástico, y habiendo sido degradado por un juez eclesiástico, que sea entregado inmediatamente a la autoridad secular para que sea muerto, según lo dispuesto por la ley como el castigo adecuado para los laicos que están hundidos en ese abismo.

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